Resumen del Artículo Disposición transitoria décima

Artículo Disposición transitoria décima del Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria. (codigo) — Disposición transitoria décima. La dotación inicial al fondo del Instituto Canario de Administración Pública será de 50.000.000 de pesetas.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo Disposición transitoria décimaDisposición transitoria décima

Disposición transitoria décima.

La dotación inicial al fondo del Instituto Canario de Administración Pública será de 50.000.000 de pesetas.

Norma publicada: 30 de marzo de 1987

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición transitoria décima

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición transitoria décima?

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